Jurídico

Sanciones para las sociedades que no depositan las cuentas en el Registro

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad, ha iniciado una campaña de apertura de expedientes sancionadores a sociedades no que no han cumplido con la obligación de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil correspondiente.

 

Las multas correspondientes a estos expedientes sancionadores pueden oscilar entre el mínimo de  1.200.-€ al máximo de  60.000.-€ ó 300.00.-€ en base al siguiente método:

  • La sanción será del 0.5% del importe total de las partidas del activo, más el 0,5% de la cifra de ventas de la entidad de la última declaración a la Administración Tributaria, cuyo original se ha de presentar en la inspección realizada por el ICAC.
  • Si no se aporta la declaración tributaria requerida, la sanción se cuantifica en el 2% del capital social según los datos obrantes en el Registro Mercantil.
  • En caso de que se aporte la declaración tributaria, y la sanción resultante de aplicar los mencionados porcentajes a la suma de las partidas del activo y a las ventas fuera mayor que el 2% del capital, se aplicará esta última reducida en un 10%.

 

En ACTIUM CONSULTING realizamos todas las gestiones tendentes al depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil, por lo que si estuviera interesado en dicha regularización póngase en contacto con nosotros para ver la mejor forma de llevarlo a cabo.

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