Jurídico

Matrimonio civil ante Notario

En la actualidad se puede celebrar el matrimonio ante Notario, siempre que éste tenga competencia territorial en el lugar que se quiere celebrar el matrimonio.

¿Cuáles son los trámites y que documentos son necesarios para casarse ante Notario?

En primer lugar se debe iniciar el expediente matrimonial, en el Registro Civil del municipio donde resida al menos uno de los futuros contrayentes, independientemente que la celebración del matrimonio sea en otro término municipal. Para solicitar dicho expediente es necesario que los interesados comparezcan ante el Registro Civil correspondiente y cumplimenten la instancia y declaraciones juradas que les facilitan en el propio Registro y a su vez aporten la siguiente documentación:

  1. a) DNI, Pasaporte o NIE en vigor, original y fotocopia, de los futuros contrayentes.
  2. b) Certificado literal de nacimiento, expedido hace menos de un año por el Registro Civil del lugar de nacimiento.
  3. c) Certificado de empadronamiento, a efectos de acreditar la ciudad o ciudades donde se ha residido en los dos últimos años anteriores al matrimonio.
  4. d) En el supuesto que cualquiera de los contrayentes sean divorciados o hubieran obtenido la nulidad de un matrimonio anterior, es necesario aportar el Certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio o la nulidad.
  5. e) Para el caso que uno de los contrayentes sea viudo, debe aportar Certificado literal del matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
  6. f) Indicar el Notario que va a oficiar el matrimonio.

Una vez completado el expediente, es necesaria la ratificación de los contrayentes y la publicidad del futuro matrimonio practicada por el Registro Civil.

¿Cómo se celebra una boda ante Notario?

Generalmente los Notarios ofician matrimonios en su propia oficina, en horario de notaría, teniendo en cuenta que es decisión del Notario, esta condición puede ser negociable y podrían desplazarse al lugar deseado por los contrayentes siempre dentro de la demarcación territorial de aquel.

A la boda deben asistir los contrayentes y dos testigos mayores de edad, el Notario lee los artículo 66, 67 y 68 del Código Civil, (relativos a los deberes y derechos del matrimonio), a continuación el Notario pregunta a los contrayentes si consienten contraer matrimonio con el otro y si ambos responden afirmativamente el Notario declara que quedan unidos en matrimonio.

Una vez celebrado el matrimonio, el Notario extiende el Acta correspondiente con su firma, la de los contrayentes y los testigos. Uno de los ejemplares del Acta se remitirá, de inmediato, al Registro Civil para su inscripción.

El coste de la celebración del matrimonio en notaria, suele oscilar entre 150.-€ y 200.-€, dichos honorarios los fija de cada Notario.

6 thoughts on “Matrimonio civil ante Notario

  1. Laura dice:

    Hola,

    Mi nombre es Laura y estoy buscando información acerca del matrimonio ante notario, despues de muchos meses pensando en ir al Registro se nos estan quitando las ganas solo por las veecs que hay que gestionar el papeleo y que por trabajo tampoco podemos estar visitando el registro tan a menudo, mi duda es si ya los notarios pueden realizar todo el trámite y de ser asi como podríamos iniciarlo y resolver también algunas dudas,

    Un saludo y gracias

    1. Actium dice:

      Buenos días Laura,

      En contestación a tu pregunta, indicarte que los notarios aun no pueden gestionar directamente todos los tramites del matrimonio notarial, y que los trámites previos del matrimonio se tienen que hacer aun ante el Registro Civil del domicilio de cualquiera de los contrayentes, que son los únicos que pueden autorizar la celebración del matrimonio. Dicho procedimiento está regulado en los artículo 238 y siguientes del Reglamento del Registro Civil.

      Aunque el plazo para tramitar dicho expediente matrimonial, depende del Registro en el que se tramite el mismo, y sobre todo de la carga de trabajo de dicho registro, el plazo medio de tramitación del procedimiento del expediente previo de autorización del matrimonio es de entre 30 a 60 días.

      Un saludo

  2. Guada dice:

    Muy bien explicado, aquí también lo explican claramente https://quenecesitopara.com/casarme.html

  3. Marina Garcia Padilla dice:

    Hola estoy buscando un notario que se desplace al hotel donde me caso en Madrid zona centro y me es imposible, me podéis decir alguno, estoy en modo desesperación.
    Gracias

  4. Wendy dice:

    Hola.

    Mi novio y yo nos queremos casar en Madrid por el colegio de notarios. Soy española viviendo en España y mi novio alemán viviendo en Alemania. Querríamos saber qué documentos necesitaríamos de él para poder casarnos. Ya que hasta que nos llamen del colergio de notarios y nos asignen un notario, querríamos empezar a solicitar los documentos que necesitaríamos.

    1. Actium dice:

      Buenas tardes Wendy,
      Al tratarse de un matrimonio en el que uno de los cónyuges no es residente español, será el notario que gestione el matrimonio el que especifique que documentación deben aportar. Sentimos no poder ayudarte más, salvo que necesites que te recomendemos un notario. Quedamos a tu entera disposición. Un saludo

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