Fiscal

¿Se aplica todas las deducciones posibles en la declaración de la renta 2018?

modelo 720

Con el objeto de optimizar su carga impositiva en relación a la declaración de la renta de 2018, se exponen a continuación las novedades de las deducciones estatales más comunes, que puede aplicar en su IRPF en el caso de cumplir con los requisitos:

 

Por inversión en empresas de nueva o reciente creación: Con efectos desde el 1 de enero de 2018, se aumenta la base máxima de deducción de 50.000 a 60.000 euros, y se incrementa el porcentaje de deducción del 20 al 30 por 100.

 

Por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa: Se incluyen nuevas deducciones en el ámbito empresarial vinculadas a determinados acontecimientos de excepcional interés público, aprobadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

 

Deducción aplicable a las unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la Unión Europea (o del Espacio Económico Europeo): A partir de 1 de enero de 2018, en aras de adecuar la normativa del IRPF al derecho de la Unión Europea, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 introduce, en la Ley del IRPF, una deducción sobre la cuota a favor de aquellos contribuyentes integrantes de una unidad familiar, en la que uno de sus miembros resida en otro Estado miembro de la Unión Europea (o del Espacio Económico Europeo), lo que les impide presentar declaración conjunta. Con esta deducción, se equipara la cuota a pagar por estos contribuyentes a la que hubieran soportado en el caso de que todos los miembros de la unidad familiar hubieran sido residentes fiscales en España.

 

Deducción por maternidad: Incremento adicional por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Desde el 1 de enero de 2018, el importe de la deducción por maternidad se podrá incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma, hubiera satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

A diferencia de la deducción general por maternidad, los contribuyentes con derecho a la aplicación del incremento adicional por gastos de custodia no pueden solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria su abono de forma anticipada, sino que deberán practicar el incremento que corresponda directamente en la declaración del IRPF.

 

Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo: A partir del 5 de julio de 2018, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 amplía las deducciones por personas con discapacidad a cargo al cónyuge no separado legalmente, e incrementa la deducción por familia numerosa.

  • Deducción por el cónyuge no separado legalmente con discapacidad: La nueva deducción por el cónyuge no separado legalmente con discapacidad, es aplicable por los contribuyentes cuyo cónyuge con discapacidad no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros ni genere el derecho a las deducciones por descendientes o ascendientes con discapacidad.
  • Deducción por familiar numerosa. Incremento adicional por hijo: En el caso de la deducción por familiar numerosa la cuantía de la misma se incrementará en una cantidad adicional por cada uno de los hijos que formando parte de ésta exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial.

Aplicación en el ejercicio 2018: Para el periodo impositivo 2018, la nueva deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad y el incremento de la deducción previsto por cada uno de los hijos que excedan del número mínimo de hijos exigido para la adquisición de la condición de familia numerosa de categoría general o especial, se determinan tomando en consideración exclusivamente los meses iniciados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, esto es, desde el mes de agosto de 2018.

 

Fuente: Manual Práctico de Renta y Patrimonio 2018

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