Laboral

Reciente Sentencia del Tribunal Constitucional anula la norma para el cálculo de la pensión de jubilación del trabajo a tiempo parcial.

El Tribunal Constitucional suma su criterio al del Tribunal de Justicia de Europa (TJUE), declarando como inconstitucional, nulo y discriminatorio la norma que regula el cálculo de la pensión de la jubilación por existir en la misma una desigualdad entre los trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo a la hora de fijar el periodo de cotización para el cálculo de la pensión de jubilación.

La resolución considera que no resulta justificado que se establezca una diferencia de trato entre trabajadores a tiempo completo y trabajadores a tiempo parcial, no ya en cuanto a la reducción de la base reguladora para el trabajador a tiempo parcial en función de su menor base de cotización, sino en cuanto a la reducción adicional de la base reguladora mediante un porcentaje derivado de un “coeficiente de parcialidad” que reduce el número efectivo de días cotizados, diferenciación que no solo conduce a un resultado perjudicial en el disfrute de la protección de la Seguridad Social para los trabajadores contratados a tiempo parcial, sino que afecta predominantemente a las mujeres trabajadoras, como revelan los datos estadísticos.

No obstante, el Pleno descarta la retroactividad y señala que, a fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la declaración de nulidad no afectará ni a los conflictos individuales juzgados con anterioridad ni a las situaciones administrativas decretadas en firme.

 

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