A partir del 1 de enero de 2019 la base mínima de cotización de los trabajadores autónomos subirá un 1,25%, con lo que los autónomos persona física deberán pagar 5,36 € más al mes, lo que supone 64 euros más al año.
A cambio las personas físicas recibirán una mayor protección social:
- Derecho a cobrar desde el primer día de la baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Derecho a paro, flexibilizando las condiciones, mejoras de acceso y se amplía la duración de la prestación.
- Todos los autónomos tendrán derecho a acceder a la formación continua y reciclaje profesional.
- Las autónomas, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad, podrán obtener una tarifa plana de 60€ durante 12 meses sin necesidad de cesar previamente en su actividad.
- Los autónomos no pagarán la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal hasta el momento del alta.
- Se mantienen tras los 12 primeros meses las bonificaciones posteriores actuales de la tarifa plana. Los beneficiarios de la tarifa plana tendrán acceso a los mismos derechos y prestaciones.
Frente a la subida que planteó el ministerio de 40€/mes en la primera propuesta que nos presentó o los 22€/mes de la segunda presentada por el Ministerio, ATA y UPTA ha conseguido que se acuerde una subida de 5 €/mes.
Estos son los principales términos del acuerdo:
- La base de cotización de los autónomos se incrementa en un 1,25% a partir del 1 de enero de 2019 y el tipo de cotización pasa a ser del 30%.
- Así la cuota sube para los autónomos persona física 5,36€/mes (64€/año) y para los autónomos societarios la subida es de 6,89 €/mes (82€/año).
AUTONOMOS 2019 |
||||
PERSONA FISICA |
SOCIETARIOS |
TARIFA PLANA |
||
Base mínima |
Cuota |
Base mínima |
Cuota |
12 meses |
944,35€ |
283,3 €/mes |
1214,08€ |
364,22€/mes |
60€/mes |
(Cuota+5,36€/mes que en 2018) |
(cuota +6,89€/mes que en 2018) |
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