Fiscal

Bonificaciones en el IVA y a la movilidad eléctrica

modelo 720

El Real Decreto-Ley 29-2021 regula nuevas bonificaciones en impuestos locales y prórroga de rebaja de los tipos de IVA en los términos que se expone a continuación:

 

En relación a bonificaciones en impuestos locales por instalación de puntos de recargas de vehículos:

1.- Impuesto sobre Bienes Inmuebles: Cada municipio podrá regular en sus ordenanzas fiscales a través de un nuevo apartado 4 del artículo 74 de la Ley de Haciendas Locales, una bonificación de hasta el 50% de la cuota íntegra a favor de los inmuebles que instalen puntos de recarga para vehículos eléctricos. Esta bonificación estará condicionada a la correspondiente homologación expedida por la Administración competente.

 

2.- Impuesto sobre Actividades Económicas: Las ordenanzas fiscales de cada municipio podrán aplicar una bonificación de hasta el 50% para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal, siempre y cuando se instalen puntos de recarga para vehículos eléctricos en locales afectos a la actividad económica.

 

3.- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: Cuando las ordenanzas fiscales así lo determinen se podrá aplicar una bonificación sobre la cuota de este impuesto de hasta el 90% cuando las obras realizadas consistan en la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos. Esta bonificación estará condicionada a la correspondiente homologación por la Administración competente.

 

 

Con respecto a los tipos del Impuesto sobre el Valor Añadido, en relación a los contratos de suministro de electricidad nos encontramos las siguientes novedades:

 

1.- Con efectos hasta el 30 de abril de 2022 se mantendrán los tipos reducidos del 10% del IVA, para los contratos con término fijo de potencia inferior o igual a 10kW siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior sea superior a los 45 €/MWh.

 

2.- De igual forma se amplía el plazo de la aplicación del 10% de IVA para suministros en favor de titulares de contratos de suministro de electricidad perceptores del bono social, que tengan reconocida la condición de vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.

 

Por último, se mantienen medidas fiscales en el IVA en relación a la COVID-19, como son las reducciones en los tipos de IVA en mascarillas y material sanitario y la aplicación del 4% de tipo impositivo hasta el 30 de junio de 2022 en las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de mascarillas quirúrgicas desechables. De igual forma se aplica el tipo 0% del IVA hasta el 30 de junio de 2022 a las entregas interiores, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de material sanitario para combatir la COVID-19 siempre que los destinatarios sean entidades púbicas sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.

 

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