La cuota cero para autónomos es una ayuda que bonifica, durante un plazo de 24 meses, el 100% de la cuota de los nuevos autónomos que inician su actividad en algunas regiones de nuestro país, como Madrid, Andalucía, Murcia y, con otras circunstancias, en Baleares y La Rioja. En el caso de Baleares, sólo se otorga esta bonificación a autónomos menores de 35 años y mujeres emprendedoras; mientras que en La Rioja, lo hace sólo durante los primeros 12 meses.
La ayuda, tiene una duración de 12 meses, ampliable a otros 12 en Madrid, Andalucía, Murcia y Baleares, en el caso de que el interesado tenga rendimientos netos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El objetivo que se han marcado estos gobiernos autonómicos es el de compensar la carga de gasto de los autónomos, después de la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización en enero de 2023. De esta manera, Madrid, Andalucía y Murcia ya han anunciado que bonificarán la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social de sus nuevos autónomos en 2023. Pero, vamos entrar en detalle.
Requisito principal, beneficiarios de la tarifa plana estatal
Para tener acceso a la Cuota Cero, el principal requisito que tienen que afrontar los autónomos es el de ser beneficiarios de la tarifa plana estatal de 80 euros, disponible durante el primer año. Se puede acceder a ella independientemente de los ingresos que tenga el autónomo y, además, se mantendrá un año más, siempre que esos ingresos netos se encuentren por debajo del SMI. En el momento en que hubiera finalizado el periodo de bonificación, se accede directamente al nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales, tal y como les ocurre al resto de autónomos. Una vez que el emprendedor ha completado su solicitud para ser beneficiario de la cuota cero, cuya resolución tiene un periodo de entre 3 y 6 meses, la Tesorería le seguirá cobrando los 80 euros mensuales. En el caso de que, finalmente, sea seleccionado para recibir la ayuda, el dinero que ha pagado hasta el momento le será devuelto.
Otros requisitos: ¿Qué autónomos pueden acceder a la cuota cero?
Los nuevos autónomos que ejerzan su actividad en las citadas regiones, que quieran acogerse a la Cuota Cero durante este año 2023, deberán cumplir, además del principal, otra serie de requisitos. En primer lugar, no haber estado de alta como autónomo durante los dos últimos años. No ser autónomo colaborador ni societario, no encontrarse en situación de pluriactividad, no tener deudas con Hacienda o la Seguridad Social y estar dados de alta en la tarifa plana estatal de 80 euros. De la misma forma, también tendrán que presentar en la web de su comunidad autónoma toda la documentación necesaria para el alta en el RETA o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. En el caso de Madrid, las autónomas que tengan derecho a la tarifa plana por cese a causa de nacimiento o adopción de un menor, pueden acogerse a la Cuota Cero, siempre y cuando reanuden su actividad dentro de los 2 años siguientes a la fecha efectiva del cese. ¿Cómo puedo solicitar la Cuota Cero?
En las regiones de Madrid y Murcia, ya está abierta la presentación de solicitudes para la cuota cero en 2023. Pueden acogerse a ella los autónomos que se hayan dado de alta a partir del 1 de enero de 2023 y se acojan a la tarifa plana de 80 euros. Además, tiene carácter retroactivo, es decir, se pueden adherir los autónomos que se hayan dado de alta antes de lanzarse la convocatoria. La Comunidad de Madrid ya ha publicado en el Boletín Oficial los requisitos y el procedimiento para solicitar la cuota en 2023. Cada comunidad autónoma tiene sus propios cauces para pedir esta ayuda. Sin embargo, estos son similares, ya que el proceso en todos los casos es online y precisa de DNI electrónico o certificado digital. En el caso de la Comunidad de Madrid, la solicitud es a través de su sede electrónica. Tras la identificación , deberá adjuntarse:
• Acreditación de alta en el RETA.
• El documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas del modelo 037 o 036.
• DNI o NIE del autónomo.
• El informe de vida laboral actualizado.
• La certificación de estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social
Los autónomos de Madrid deben pedir la Tarifa Plana al mismo tiempo que se dan de alta en el RETA. Para ello, deben acceder a Import@ss e identificarse. Posteriormente, tendrán que seleccionar ‘Alta en trabajo autónomo’ y especificar que se trata de una alta inicial. También deberán adjuntar todos los documentos que se le requieran, como el número de la Seguridad Social y de la cuenta bancaria y las bases de cotización. También pueden solicitar la Cuota Cero para autónomos:
• Aquellas personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que hayan disfrutado de la cuota reducida durante 2 años.
• Quienes hayan sido víctimas de violencia de género o de terrorismo, con cuota reducida.
• Las mujeres que recuperen su actividad dentro de los 2 años inmediatamente posteriores a su cese por maternidad.
• Los autónomos que hayan estado cuidando de menores afectados por un cáncer y otra enfermedad grave, acogidos a la cuota reducida.
Otra documentación a aportar:
Es también destacable el hecho de que los autónomos podrán pedir la cuota cero durante un plazo máximo de 3 meses, que empieza a contar desde que finaliza un año para disfrutar de la Tarifa Reducida o cualquier otra reducción. Del mismo modo, deberán aportar en el formulario que habilita la Comunidad de Madrid:
• Un justificante de pago de la cotización que corresponda a los meses en los que haya disfrutado de la Tarifa Reducida.
• El alta en el Impuesto de Actividades Económicas para justificar que el domicilio del negocio está en la Comunidad de Madrid.
• El Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que confirme que el autónomo se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
• Un Certificado de la Tesorería de General de la Seguridad Social (TGSS) que señale que el autónomo cumple con sus obligaciones.
• Asimismo, en el caso de tener que implantar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, el autónomo tendrá que presentar la acreditación de este.
El plazo de respuesta por parte de la Comunidad de Madrid será de 6 meses. El pago de las ayudas, por su parte, se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria en la solicitud.
Beneficios de la Cuota Cero
Cuando una persona decide trabajar por cuenta propia, como en otros casos, se convierte en algo fundamental el poder ahorrar. Antes, la tarifa plana era de 60 euros y tenía un carácter progresivo hasta abonar el 100%, mientras que ahora el pago fijo es de 80 euros, que con esta subvención, puede ser de cero euros. Así, durante los primeros 12 meses de actividad, el autónomo disfrutará de una bonificación de sus cotizaciones a la Seguridad Social equivalente a 960 euros. Al finalizar el primer año, en el caso de que el autónomo no supere el límite del SMI, puede beneficiarse de otros 12 meses de Cuota Cero, lo que le ofrece un ahorro total de 1.920 euros.
En un plazo máximo de 6 meses se resuelven todas las solicitudes. Esta puede hacerse hasta 3 meses después de que finalice su primer año, pero si le sumamos los dos que la Administración fija para hacer efectivo el pago de la ayuda, un nuevo autónomo que haya empezado su actividad en enero de 2023 y se acoja a la Tarifa Reducida, podría llegar a recibir el reintegro de sus cuotas de este año en noviembre de 2024.
En Actium Consulting no tenemos dudas de que se trata de una bonificación muy interesante para todas aquellas personas que estén considerando el autoempleo como forma de vida en 2023. Por esta razón, si tienes alguna duda sobre la Cuota Cero de autónomos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para beneficiarte de ella. ¡Estamos aquí para ayudarte! Para solucionarte cualquier duda que tengas con respecto a esta cuota o cualquier otro aspecto relacionado con tu condición de autónomo. Tenemos más de 25 años de experiencia y prestamos servicios de asesoramiento integral, con un alto grado de profesionalidad.