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Tengo dos pagadores, ¿cómo me afecta a la declaración de la Renta

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Tal y como considera el calendario anual del contribuyente que publica Hacienda, el comienzo de la campaña de la Renta 2022/2023, ha tenido lugar este martes 11 de abril, momento a partir del cual ya se puede presentar la declaración por Internet hasta el próximo 30 de junio. Uno de los mitos más extendidos en el mundo laboral es que tener dos pagadores hace que Hacienda nos cobre más impuestos, en concreto, más IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

En primer lugar, queremos aclarar que esta afirmación es falsa. No pagamos más IRPF por tener dos pagadores, otra cuestión es que uno de ellos o los dos, no realicen bien las retenciones. A lo largo de este artículo vamos a analizar cómo suele ocurrir que el segundo pagador nos retenga menos de lo que nos corresponde y, posteriormente, haya que compensarlo en la Declaración de la Renta.

¿En qué situaciones considera Hacienda que tenemos dos pagadores?

A la hora de enfrentarnos a la próxima renta, vamos a contemplar qué sucede en los casos en los que hay dos pagadores. Las colaboraciones con terceros, el hecho de cambiar de trabajo o comenzar a cobrar el paro, así como tener dos empleos al mismo tiempo, pueden ser considerados por la Agencia Tributaria como ejemplos de dos pagadores.

La causa es que Hacienda tiene en cuenta cualquier cambio de NIF relacionado con la empresa o cualquier otro organismo encargado de hacernos un pago mensual. Si se produce esta modificación, considera que se ha añadido un nuevo pagador a la hora de realizar la declaración de la Renta.

De igual manera, cuando cobramos el paro u otra prestación por desempleo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), está considerado como un pagador más a efectos del IRPF. Así, si se ha trabajado y se ha cobrado una prestación por desempleo el mismo año, a efectos fiscales se considera que tenemos dos pagadores.

Por otra parte, también hay que contemplar excepciones a esta norma, como son las subrogaciones laborales. Esta condición se considera cuando la empresa para la que trabajas cambia de nombre, pero mantienes tu trabajo en las mismas condiciones, o tu compañía es absorbida por otra. Tampoco se considera un segundo pagador el pago delegado, como sucede, entre otras ocasiones, cuando pasamos por una incapacidad temporal.

¿Debo realizar la Declaración de la Renta por el hecho de tener dos pagadores?

Vamos a ver quiénes están obligados a hacer la declaración de IRPF y cómo podemos saber si estamos exentos de hacer la Declaración de la Renta, ya que esta, es una de las primeras dudas que asaltan a los trabajadores que se encuentran en esta situación. La regla, o normal general, expresa que estamos exentos de hacer la Declaración de la Renta si ganamos menos de 22.000 euros, siempre y cuando solo haya sido de un pagador, con la excepción del País Vasco, región en la que el límite es de 20.000 euros.

En el caso de que hayamos tenido dos o varios pagadores, el límite para estar exento desciende hasta los 14.000 euros, si hemos cobrado más de 1.500 euros del segundo pagador, o de la suma de varios pagadores además del primero.

Esta es la norma general, pero se contemplan exclusiones en el caso de pensiones compensatorias del cónyuge, por alimentación, rendimientos no obligados a retener y otras cuestiones, que te recomendamos consultarnos, si te encuentras en alguna situación laboral especial. Esta norma, hace que en numerosos casos con dos pagadores se establezca la obligación de hacerla.

Los extras que debemos pagar por trabajar para dos empresas

Para el cálculo de la Renta y lo que nos va a tocar pagar, debemos tener en cuenta las retenciones aplicadas sobre nuestra nómina durante el año, así como las deducciones a las que tenemos derecho. Por tanto, el hecho de trabajar para varias empresas no tiene por qué afectar al resultado de esta. Es decir, no pagamos más por tener más pagadores.

Pero al mismo tiempo, lo que sí determina los impuestos que debemos pagar en el IRPF es el total de nuestros ingresos. Dependiendo de las retenciones practicadas durante el ejercicio fiscal, la declaración de la Renta nos saldrá a devolver o a pagar. Normalmente, existe una pequeña variación entre la cantidad retenida en la nómina y la cantidad total de impuestos a pagar. En el caso de que hayamos tenido retenciones de más, Hacienda nos devolverá la diferencia, pero si nos han retenido de menos, abonaremos lo que corresponda. Hacienda no tiene en cuenta el número de pagadores a la hora de calcular el resultado de la renta, sino la suma de nuestros ingresos y retenciones.

¿Por qué suele salir ‘a pagar’ cuando tenemos dos pagadores?

Cuando un trabajador tiene dos pagadores es más frecuente que la declaración salga a pagar. La razón normalmente es que el segundo pagador realiza las retenciones como si fuera el único pagador del año, y no tiene en cuenta los ingresos provenientes de otros pagadores y, por lo tanto, aplica un porcentaje menor de retención. Así, en el momento de realizar la Declaración observamos que nos tendrían que haber retenido una cantidad mayor, por lo que tendremos que rendir cuentas ante Hacienda abonando la diferencia de retención.

La mejor solución para no tener que abonar en la Declaración es que pidamos de manera voluntaria a las empresas que realicen la retención del IRPF que nos corresponde, para que, de esta forma, no haya sustos en la Declaración el siguiente año.

Un caso como ejemplo de dos pagadores en la declaración

Para comprender mejor cómo afecta el hecho de tener dos pagadores a la Declaración de la Renta, te proponemos dos ejemplos:

En el caso de que trabajáramos para una única empresa y percibiéramos 30.000 euros de ella durante 2022 y, suponiendo que nos correspondiera pagar un 17% en concepto de IRPF, al contar con un solo pagador, lo normal sería que éste retenga cada mes el porcentaje que corresponda de nuestra nómina. El resultado sería que nuestra declaración saliera ‘en tablas’. No tendríamos que pagar nada y, en el caso de que se aplicaran determinadas ventajas fiscales, cabría la posibilidad de que nos saliera a devolver.

Otro caso sería el de trabajar durante el mismo año y percibir igual, un total de 30.000 euros, pero repartidos con 18.000 de la primera empresa y 12.000 de la segunda. En este supuesto, cada empresa nos retendría la suma que corresponda sin tener en cuenta lo que percibimos de la otra, porque normalmente el segundo pagador no dispone de esa información. Como ejemplo, la primera empresa nos aplicará un porcentaje del 10% y la segunda un 1%. Sin embargo, según el total de nuestros ingresos deberíamos estar pagando un 17% del total. Por esta razón, las cuentas no saldrían cuando presentáramos nuestro IRPF y nos tocaría abonar todo lo no retenido durante el ejercicio correspondiente.

Aclaraciones y conclusiones

El pago final por IRPF y el resto de indicadores tributarios, (base imponible, deducciones, etc…) son los mismos si tenemos uno, dos o más pagadores, lo que ocurre es que la Agencia Tributaria debe cotejar que esas retenciones se han hecho correctamente y, en caso negativo, el defecto de retenciones se ingresa a través de la declaración de la Renta.

La razón por la que suelen ocurrir los desajustes es porque cada pagador realiza el cálculo de retención del IRPF en función del salario que pagará a ese trabajador de forma estanca, sin tener en cuenta la visión completa del año, al no disponer de la información de los ingresos realizados por otros pagadores. La solución más efectiva es pedir voluntariamente a los segundos y posteriores pagadores que ajusten el IRPF hasta el nivel adecuado.

 

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