Impuesto sobre Sociedades 2025: novedades, riesgos y claves para preparar una declaración sin errores
Cada verano llega una de las obligaciones fiscales más importantes para las empresas españolas: la presentación del Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, la campaña correspondiente al ejercicio 2025 no es una más. Las numerosas modificaciones normativas introducidas durante los últimos meses convierten esta declaración en una de las más complejas de los últimos años.
La publicación de la Orden HAC/529/2026, de 7 de mayo, aprueba los nuevos modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y adapta el modelo 200 a las novedades normativas aplicables a los ejercicios iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Pero más allá de los cambios formales, la realidad es que muchas empresas tendrán que revisar en profundidad su planificación fiscal, sus políticas contables y la coherencia documental de toda la organización.
Hoy ya no basta con trasladar cifras al modelo tributario. La Agencia Tributaria dispone de sistemas de control automatizados cada vez más sofisticados capaces de detectar discrepancias entre declaraciones, cuentas anuales, libros contables, modelos informativos y registros censales. Por ello, una correcta preparación del Impuesto sobre Sociedades se ha convertido en una cuestión estratégica para cualquier empresa.
La gran novedad de 2025: cambia la reserva de capitalización
Una de las reformas más relevantes afecta a la reserva de capitalización, uno de los incentivos fiscales más utilizados por las sociedades mercantiles.
Hasta ahora, este beneficio permitía reducir la base imponible mediante el incremento de fondos propios. A partir del ejercicio 2025, la reducción general aumenta del 15% al 20%, pero además incorpora un elemento completamente nuevo: la evolución de la plantilla media de la empresa.
De esta forma, aquellas sociedades que incrementen el empleo podrán acceder a porcentajes superiores:
- Reducción del 23% si la plantilla media aumenta entre un 2% y un 5%.
- Reducción del 26,5% si el incremento se sitúa entre el 5% y el 10%.
- Reducción del 30% cuando el crecimiento supere el 10%.
La reforma supone un cambio significativo en la filosofía del incentivo. A partir de ahora, la estrategia fiscal y la política de recursos humanos pasan a estar estrechamente conectadas.
También se modifican los límites máximos aplicables:
- Con carácter general, la reducción no podrá superar el 20% de la base imponible positiva previa.
- Para empresas con una cifra de negocios inferior al millón de euros, el límite se amplía hasta el 25%.
No obstante, continúan vigentes los requisitos tradicionales:
- Mantener el incremento de fondos propios durante tres años.
- Dotar una reserva indisponible por el importe aplicado.
- Reflejar correctamente la operación desde el punto de vista contable y documental.
Nuevos tipos de gravamen para pequeñas empresas
La Ley 7/2024 introduce una transformación importante en la tributación de las empresas de menor tamaño.
Por primera vez, el tradicional tipo general del 25% deja de ser la única referencia para muchas entidades.
Las microempresas con una cifra de negocios inferior a un millón de euros tributarán en 2025 de la siguiente forma:
- 21% para los primeros 50.000 euros de base imponible.
- 22% para el exceso.
Además, la reducción continuará de manera progresiva:
Microempresas
- 2025: 21% y 22%.
- 2026: 19% y 21%.
- 2027: 17% y 20%.
Entidades de reducida dimensión
Estas entidades comenzarán una reducción gradual que se inicia con un tipo del 24% en 2025.
Aunque estas medidas pueden generar una menor carga fiscal, también incrementan notablemente la complejidad técnica de las declaraciones. Será imprescindible verificar correctamente:
- El volumen real de operaciones.
- La clasificación de la entidad.
- La aplicación de los regímenes transitorios.
- La interacción con deducciones y tributación mínima.

La tributación mínima también cambia
La cuota líquida mínima se adapta a los nuevos tipos reducidos.
Para microempresas y entidades de reducida dimensión, el cálculo se realizará aplicando quince veinticincoavos sobre el tipo de gravamen correspondiente.
Puede parecer una modificación menor, pero tiene consecuencias directas sobre:
- El aprovechamiento de deducciones.
- La compensación de bases imponibles negativas.
- La planificación fiscal de cierre.
- La tributación efectiva de la empresa.
Por ello, resulta especialmente recomendable realizar simulaciones previas antes de presentar la declaración definitiva.
Se mantienen los incentivos a la sostenibilidad y la movilidad eléctrica
La transición energética sigue ocupando un papel protagonista en la política fiscal.
Durante 2025 continúan vigentes importantes incentivos como la libertad de amortización para:
- Vehículos eléctricos.
- Infraestructuras de recarga.
- Instalaciones destinadas al autoconsumo energético.
Para aplicar correctamente estos beneficios será fundamental acreditar:
- La fecha de puesta en funcionamiento.
- La afectación real a la actividad económica.
- La documentación justificativa de la inversión.
- La compatibilidad con subvenciones y ayudas públicas.
Más ventajas para las empresas en Canarias
El Régimen Económico y Fiscal de Canarias también incorpora novedades destacadas.
La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) amplía las posibilidades de materialización y permitirá invertir en:
- Vivienda destinada al arrendamiento.
- Nuevos instrumentos financieros.
- Determinadas inversiones vinculadas al alquiler residencial.
No obstante, la Administración tributaria seguirá ejerciendo un elevado nivel de control sobre estas operaciones, especialmente en aspectos como la afectación de los bienes, los plazos de mantenimiento y la existencia de actividad económica real.
El modelo 200 se adapta a la nueva CNAE 2025
Otra novedad relevante es la adaptación del modelo 200 a la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2025).
Aunque pueda parecer una cuestión meramente administrativa, una clasificación incorrecta puede generar:
- Incidencias censales.
- Incoherencias con otras bases de datos oficiales.
- Requerimientos automáticos.
- Riesgos en futuras comprobaciones tributarias.
Por ello, conviene revisar cuidadosamente el código CNAE antes de presentar la declaración.
Hacienda intensifica los controles automatizados
La Agencia Tributaria continúa reforzando sus sistemas de análisis masivo de datos.
Durante esta campaña se incrementan especialmente las validaciones sobre:
- Ejercicios inferiores a doce meses.
- Agrupaciones de interés económico.
- Uniones temporales de empresas.
- Identificación de socios y partícipes.
- Coherencia entre información fiscal y contable.
Además, los contribuyentes sujetos a normativa foral podrán presentar la declaración mediante formato XML procesable, mejorando la trazabilidad y reduciendo errores de transcripción.

Los aspectos que más revisa Hacienda
La experiencia demuestra que muchas inspecciones no comienzan por grandes operaciones complejas, sino por pequeños errores documentales.
Entre los aspectos que conviene revisar con especial atención destacan:
Ajustes fiscales
Es imprescindible comprobar la correcta conciliación entre resultado contable y base imponible fiscal:
- Diferencias temporarias.
- Diferencias permanentes.
- Ajustes pendientes de reversión.
- Correcciones extracontables históricas.
Amortizaciones y deterioros
Debe verificarse:
- La aplicación de porcentajes fiscalmente admitidos.
- La correcta utilización de incentivos de amortización acelerada o libre.
- La deducibilidad de deterioros y créditos incobrables.
Gastos no deducibles
Siguen siendo una de las principales fuentes de regularización:
- Liberalidades.
- Donativos.
- Retribuciones de fondos propios.
- Sanciones.
- Determinados gastos financieros.
- Atenciones a clientes y proveedores.
Operaciones vinculadas
La AEAT mantiene una vigilancia constante sobre las operaciones entre socios, administradores y empresas del grupo.
Resulta imprescindible disponer de:
- Contratos.
- Estudios de valoración.
- Documentación justificativa.
- Evidencia económica de las operaciones.
Bases imponibles negativas
Aunque actualmente no existe límite temporal para su compensación, siguen aplicándose restricciones cuantitativas que deben revisarse cuidadosamente.
Las sociedades inactivas también deben presentar declaración
Uno de los errores más frecuentes sigue siendo creer que una sociedad sin actividad no tiene obligaciones fiscales.
Mientras la entidad continúe dada de alta y mantenga su inscripción registral, la obligación de presentar el Impuesto sobre Sociedades permanece vigente.
Este incumplimiento sigue siendo una de las causas más habituales de sanción.
La coherencia documental será más importante que nunca
Si hubiera que resumir la campaña del Impuesto sobre Sociedades 2025 en una sola idea, sería esta: coherencia.
La Agencia Tributaria cruza actualmente información procedente de múltiples fuentes y exige plena concordancia entre:
- Contabilidad.
- Cuentas anuales.
- Memoria.
- Libros societarios.
- Declaraciones tributarias.
- Información censal.
- Operaciones vinculadas.
Una pequeña discrepancia puede convertirse en el punto de partida de una comprobación mucho más amplia.
Por ello, el Impuesto sobre Sociedades ya no debe entenderse únicamente como una obligación fiscal. Es una revisión integral de la situación económica, contable y tributaria de la empresa.

Documentación que conviene preparar cuanto antes
Para agilizar la preparación de la declaración resulta recomendable disponer de la siguiente documentación:
- Cuentas anuales del ejercicio 2025.
- Declaraciones del Impuesto sobre Sociedades de ejercicios anteriores.
- Modelos informativos y resúmenes anuales de IVA y retenciones.
- Pagos fraccionados realizados durante 2025.
- Certificados de retenciones.
- Certificados de donativos.
- Información relativa a subvenciones.
- Documentación de operaciones vinculadas.
- Contratos y acuerdos societarios relevantes.
Actium Consulting le ayuda a preparar el Impuesto sobre Sociedades 2025
La campaña del Impuesto sobre Sociedades 2025 incorpora cambios normativos de gran relevancia y exige una revisión mucho más profunda que en ejercicios anteriores. Analizar adecuadamente las novedades, identificar oportunidades fiscales y evitar errores que puedan derivar en futuras comprobaciones resulta fundamental para cualquier empresa.
En Actium Consulting ponemos a disposición de nuestros clientes un equipo especializado en fiscalidad empresarial para revisar cada caso de forma individualizada, optimizar la tributación dentro del marco legal y garantizar que la declaración se presenta con todas las garantías técnicas y documentales necesarias.