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Los acuerdos del BREXIT

modelo 720

El Reino Unido notificó al Consejo Europeo, con fecha 29 de marzo de 2017, su intención de retirarse de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

El 14 de noviembre se produjo un Acuerdo entre negociadores de la Unión Europea y del Reino Unido, sobre la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, denominado BREXIT. De igual forma, se realizó una Declaración Política que refleja el marco de las relaciones futuras.Desde 11 de abril de 2019, el Consejo Europeo adopta la decisión de someter a otro prorroga, mediante la Decisión (UE) 2019/476 del Consejo Europeo, el plazo previsto del artículo 50.3 del TUE, hasta el 31 de octubre de 2019.

En la fecha en que se determine la salida efectiva de Reino Unido, se convertirá en un “tercer país”. El Acuerdo de Retirada contempla un período transitorio, hasta el 31 de diciembre de 2020, en el que se seguirá aplicando en el Reino Unido la legislación comunitaria, en relación al mercado interior, unión aduanera y las políticas comunitarias.

En virtud del artículo 50 apartado 3 del Tratado de la Unión Europea, se dejarán de aplicar los Tratados al Estado que se retira desde la fecha de entrada en vigor del Acuerdo de Retirada, o en su defecto, a los dos años de la notificación, salvo que el Consejo Europeo, en conformidad con dicho Estado, acuerden por unanimidad prorrogar este plazo.

 

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Fuente: Agencia Tributaria

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