Como cada año, la Agencia Tributaria inicia la campaña del Impuesto sobre Sociedades 2018 con fecha 1 de julio de 2019. En el caso de domiciliar el pago de la deuda tributaria, el plazo tiene una fecha límite del 20 de julio de 2019, y en el caso de declaraciones negativas o a devolver se extiende al 25 de julio de 2019.
Como novedad para este ejercicio, no estará disponible el programa de ayuda PADIS de modelo 200, por lo que obligatoriamente la declaración de 2018 se presentará mediante el formulario de ayuda (Sociedades Web) a través de Internet.
Recordamos que están obligados a presentar esta declaración todos los contribuyentes, con independencia de que hayan realizado o no actividades durante el periodo impositivo, y que hayan obtenido rentas o no en el ejercicio. De esta forman están obligadas las entidades inactivas, las entidades sin ánimo de lucro, colegios profesionales, asociaciones empresariales, cámaras oficiales, sindicatos de trabajadores, partidos políticos, …
De igual forma, recordamos que desde el ejercicio 2016, las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil, pasaron a ser contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, y no en el régimen de atribución de rentas del IRPF.