Jurídico

Obtención instantánea de denominación social

Desde el pasado 25 de abril de 2016 ya es posible obtener vía telemática y de forma instantánea la denominación social de una compañía para proceder a la constitución urgente de una sociedad mercantil, para lo que el Registro Mercantil Central ha creado una base de 1.500 Denominaciones previamente calificadas por el mencionado Registro como libres para que el futuro empresario pueda elegir entre ellas la que más le guste en función de la actividad a la que se vaya a dedicar y sus preferencias. Como ejemplos de algunas de dichas denominaciones actualmente están en dicho listado denominaciones como: ABREGO JILOCA, BANNER BROKER, CATERING VINTAGE, DELTA DATA VIAJES, etc.

De esta forma el usuario tras identificarse podrá entrar en la página web del RMC y examinar las denominaciones existentes  y elegir, en función de sus preferencias y necesidades, hasta un máximo de cinco denominaciones por interesado y día, y tras el pago de los honorarios registrales, mediante tarjeta de crédito, recibirá en el acto la certificación que contenga la denominación elegida, firmada digitalmente por el registrador, con código seguro de verificación (CSV). De esta forma ese mismo día se podría hacer el ingreso del capital y firmar la escritura de constitución de la sociedad, mientras que hasta ahora había que esperar 48 horas para la obtención de la certificación de la denominación social y poder abrir así la cuenta bancaria para ingresar el capital social. Se reduce de esta forma el tiempo para la constitución de sociedades que ya si podrían estar constituidas en el plazo máximo de 24 horas.

La creación de la Bolsa de Denominaciones es la culminación de un proceso legal de agilización en el sistema jurídico de creación de empresas, que se establece en el artículo 15 la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, la disposición final primera del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y en la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 2 de noviembre de 2015.

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