Actualidad, Laboral

Claves de la nueva norma de prevención de riesgos para empleadas del hogar

asesoría-fiscal

El pasado martes, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, que regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar, es decir, las empleadas del hogar. Este nuevo reglamento, desarrollado en colaboración con los agentes sociales, busca poner fin a la discriminación que ha afectado a este colectivo y facilitar el cumplimiento normativo para las familias que emplean trabajadoras del hogar, evitando que suponga una carga adicional. A continuación, analizamos las claves de esta normativa, en el blog de Actium Consulting.

Evaluación de riesgos y prevención laboral

Esta normativa entrará en vigor en un máximo de 6 meses desde el INSS implemente una nueva aplicación.  Los empleadores podrán hacerlo de manera directa o contratando un servicio de prevención externo. Esta obligación incluye la evaluación de riesgos relacionados con las tareas del hogar, la cual deberá actualizarse periódicamente o cuando las condiciones laborales cambien. Si se identifican riesgos, se deberán implementar medidas preventivas para mitigarlos.

Para ayudar a los empleadores, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) desarrollará una herramienta en línea en un plazo de diez meses, que facilitará la evaluación de riesgos a través de la web del Ministerio de Trabajo. Las obligaciones en materia de prevención no serán exigibles hasta seis meses después de la publicación de esta herramienta, como hemos señalado, lo que pospone la aplicación efectiva de la normativa hasta 2026.

Es posible que no se haga en plazo estimado, pero si lo acabaran en 4 meses, a mediados de 2025 ya estarían obligados los empleadores de hogar. Además, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) emitirá una resolución para comenzar las actividades de formación en prevención de riesgos laborales.

Equipos de protección individual

Los empleadores estarán obligados a proporcionar a sus empleadas del hogar los equipos de trabajo adecuados para que puedan desempeñar sus funciones de forma segura. Estos equipos se repondrán cuando sea necesario. La evaluación de riesgos determinará en qué tareas serán necesarios los equipos de protección individual (EPI) y especificará las características de estos equipos en función de los riesgos identificados.

Formación en prevención de riesgos

Las trabajadoras del hogar deberán recibir formación en prevención de riesgos en el momento de su contratación. Ésta será única, independientemente de que trabajen en varios domicilios. No obstante, si en algún hogar hay riesgos específicos, se deberá proporcionar una formación adicional, pagada por la familia contratante.

La formación se realizará a través de la plataforma del INSST y será gestionada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae). El curso se llevará a cabo durante la jornada laboral, o en su defecto, fuera de esta pero con compensación en tiempo de descanso equivalente.

Reconocimiento médico gratuito

Las empleadas del hogar tendrán derecho a una vigilancia de su salud a través de exámenes médicos periódicos cada tres años, adaptados a los riesgos laborales identificados en la evaluación de riesgos. Este reconocimiento será gratuito y voluntario, incluso si trabajan en varios domicilios. Aunque la normativa aún no establece plazos, se espera que estos exámenes médicos sean incluidos en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.

Protección contra el acoso y la violencia para empleadas del hogar

La normativa garantiza el derecho de las empleadas del hogar a la protección frente a situaciones de violencia y acoso. El INSST deberá crear, en el plazo de un año, un protocolo de actuación ante estas situaciones. Además, si una trabajadora abandona un domicilio por acoso o violencia, esto no podrá considerarse como dimisión, ni será motivo de despido.

Si existe un riesgo grave e inminente en el hogar, el empleador deberá informar de las medidas preventivas necesarias, pudiendo incluso suspender la actividad o permitir a la trabajadora abandonar el domicilio de forma inmediata.

Empresas de ayuda a domicilio

Las empresas que proporcionan servicios de ayuda a domicilio también estarán sujetas a esta normativa. Deberán realizar una evaluación completa de los riesgos laborales que incluya visitas presenciales a todos los domicilios en los que presten servicios sus trabajadoras. Estas visitas son esenciales para que se considere cumplida la obligación de evaluación de riesgos.

La nueva normativa supone un avance hacia la equiparación de derechos entre las empleadas del hogar y otros sectores laborales. A pesar de las responsabilidades adicionales que impone a los empleadores, también incluye herramientas y recursos que facilitarán su cumplimiento. La formación, la evaluación de riesgos y el reconocimiento médico gratuito son algunos de los aspectos clave que protegerán a las trabajadoras, garantizando condiciones laborales más seguras y justas.

Si necesitas asesoramiento legal sobre cómo aplicar esta normativa, Actium Consulting puede brindarte la asistencia necesaria para asegurar que se protejan los derechos tanto de los empleadores como de las trabajadoras. ¡No lo dudes, y contacta con nosotros!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.