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Kit Digital: Cómo lo deben declarar fiscalmente empresas y autónomos

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Como ya hemos explicado en algunos de los artículos del blog de Actium Consulting, el Kit Digital es una iniciativa promovida por el Gobierno de España con el objetivo de fomentar la transformación digital de pequeñas y medianas empresas (pymes), microempresas y autónomos.

Esta iniciativa, financiada con fondos europeos a través del programa NextGeneration EU, ofrece subvenciones para que estas empresas implementen soluciones tecnológicas que mejoren su competitividad y eficiencia en el mercado. Entre las herramientas que se pueden adquirir con este bono digital están sistemas de gestión de clientes (CRM), soluciones de facturación electrónica, plataformas de comercio electrónico, ciberseguridad y marketing digital, entre otras.

Destinatarios del Kit Digital

El Kit Digital está dirigido a empresas y autónomos de hasta 250 empleados, organizados en tres segmentos:

  • Segmento I: Empresas de entre 10 y 49 empleados, con una ayuda de hasta 12.000 euros.
  • Segmento II: Empresas de entre 3 y 9 empleados, con una subvención de hasta 6.000 euros.
  • Segmento III: Autónomos y microempresas de menos de 3 empleados, con una ayuda de hasta 2.000 euros.

La finalidad es apoyar a las empresas para que puedan digitalizar sus procesos y servicios, lo que les permite optimizar su productividad y adaptarse a las demandas del entorno digital actual.

Modalidad de los servicios digitales

Las empresas beneficiarias deben elegir entre una serie de agentes digitalizadores previamente autorizados por el gobierno para implementar las soluciones subvencionadas. Estos agentes se encargan de ofrecer y ejecutar las soluciones tecnológicas, que abarcan desde la creación de páginas web hasta la implementación de sistemas avanzados de ciberseguridad o marketing digital. Es importante destacar que la subvención cubre el coste de la solución digital contratada, pero no el IVA, que debe ser abonado por la empresa solicitante.

Cómo declarar fiscalmente el Kit Digital

Para cumplir con la legislación vigente, tanto autónomos como empresas deben declarar las ayudas recibidas del Kit Digital adecuadamente en su contabilidad, ya que estas subvenciones están sujetas a un tratamiento fiscal específico. La forma de tributación de las ayudas dependerá de si se consideran una subvención corriente o de capital.

Subvención corriente

Si la subvención obtenida a través del Kit Digital se destina a cubrir gastos corrientes del ejercicio —como la contratación de servicios de marketing digital o la implementación de un sistema de facturación electrónica—, esta ayuda se debe imputar como ingreso en el ejercicio fiscal en el que se haya notificado su concesión. Por ejemplo, si la empresa recibe la subvención en 2024 y la utiliza para mejorar su presencia en internet, el importe total de la ayuda se declarará como un ingreso en ese mismo año.

Subvención de capital

En cambio, si la subvención se destina a la adquisición de bienes de inversión o inmovilizados, como la compra de software de gestión de clientes (CRM) o aplicaciones informáticas, la ayuda se debe imputar como una subvención de capital. Esto significa que no se declara íntegramente en el año de su concesión, sino que se debe amortizar a lo largo de la vida útil del bien adquirido. La subvención se irá declarando como ingreso a medida que el bien se amortice fiscalmente.

Enel mismo sentido podemos decir que, cuando la subvención se utiliza para la adquisición de inmovilizados (tanto tangibles como intangibles), su imputación fiscal sigue el ritmo de amortización del bien. El activo digital adquirido, como por ejemplo un software especializado para la gestión interna de la empresa, debe contabilizarse como una Aplicación Informática en el balance de la empresa, y su amortización se realizará de acuerdo con los coeficientes fiscales establecidos.

Ejemplo práctico

Imaginemos que una empresa adquiere un software de gestión de proyectos con la ayuda del Kit Digital. El proceso sería el siguiente:

  1. Se registra el software como una Aplicación Informática en el balance de la empresa, asignándole un valor determinado.
  2. La subvención recibida se contabiliza como una subvención de capital.
  3. Cada año, se deberá aplicar la amortización correspondiente sobre el software, conforme al coeficiente fiscal aplicable (en este caso, un 33% anual, si se aplica el coeficiente máximo). Esto significa que cada ejercicio, un tercio del valor de la aplicación informática será amortizado, y deberá declararse como un ingreso proporcional a esa amortización.

Régimen de estimación directa simplificada para autónomos

Para los autónomos que tributan bajo el régimen de estimación directa simplificada en el IRPF, el tratamiento fiscal es similar, pero con algunas particularidades. El coeficiente máximo de amortización para aplicaciones informáticas es del 26% anual. Esto implica que, si un autónomo utiliza la subvención del Kit Digital para adquirir un software, deberá declararlo conforme a su amortización, es decir, distribuir el ingreso a lo largo de varios ejercicios, según se vaya amortizando el bien.

A diferencia de otros regímenes, en el caso de la estimación directa simplificada, la amortización se calcula de manera más gradual, lo que permite que el autónomo no tenga que imputar el total de la subvención como ingreso en un solo año, sino que pueda distribuirla a lo largo del tiempo, lo que podría resultar beneficioso en términos de optimización fiscal.

Cuenta con un asesor fiscal

El Kit Digital representa una oportunidad invaluable para que autónomos y pequeñas empresas den un salto hacia la digitalización. Sin embargo, es esencial que las ayudas recibidas se declaren correctamente ante Hacienda, ya que su tratamiento fiscal varía según la finalidad de la subvención.

Tanto las subvenciones corrientes como las subvenciones de capital tienen reglas específicas de tributación, y es fundamental que las empresas comprendan cómo y cuándo deben declarar estos ingresos. El uso adecuado del Kit Digital no solo impulsará el crecimiento y la competitividad empresarial, sino que también, si se gestiona correctamente, permitirá optimizar las cargas fiscales derivadas de estas ayudas.

Contar con un asesor fiscal de Actium Consulting, que guíe este proceso es esencial para maximizar los beneficios de las subvenciones y evitar problemas con la Administración Tributaria. Así, autónomos y pymes podrán beneficiarse al máximo de esta importante iniciativa de digitalización, a la vez que cumplen con sus obligaciones fiscales. ¡No dudes en ponerte en contacto con nosotros!

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