Laboral

Los 5 aspectos que más revisan los inspectores de trabajo en los registros de horario y cómo mejorarlos

asesoría-fiscal

¿Qué hacen los inspectores de trabajo?

Su labor está orientada a garantizar la seguridad y los derechos laborales de los empleados de una empresa o institución. Además de ello, también se encargan de la orientación a las empresas para que el trabajo sea el más adecuado para sus trabajadores.

Estas funciones se desempeñan por los funcionarios del Cuerpo Superior de Trabajo y Seguridad Social y por los funcionarios del Cuerpo de Subinspectores Laborales.

¿Cómo realizan las visitas los inspectores?

Los inspectores de trabajo realizan sus tareas sin la necesidad de avisar previamente al encargado o jefe de la corporación en cuestión.

La inspección puede ser realizada por un único funcionario o por varios, que serán los encargados de inspeccionar durante un tiempo estimable y variable, a su vez, el lugar de trabajo.

La inspección no tiene por qué hacerse en la misma empresa, es decir, en el mismo lugar de trabajo. El funcionario puede solicitar al empresario, al trabajador o a los jefes de esa institución que comparezcan ante él en una oficina de la Inspección o en una oficina pública.

La inspección, por lo tanto, puede hacerse de forma presencial, mediante un expediente administrativo o de forma completamente no presencial.

Lugares a los que se hacen inspecciones

  • A las empresas y centros de trabajo en general. Es decir, en los lugares de trabajo en el que haya prestación laboral.
  • A locales, viviendas u otros lugares que se hayan habilitado para los trabajadores o para el propio trabajo en sí.
  • A los vehículos y los medios de transporte de las empresas. Es decir, a cualquier tipo de vehículo en los que se preste trabajo.
  • A los aeropuertos y puertos.
  • A las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
  • A sociedades cooperativas y sociedades laborales.
  • A las entidades e instituciones colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social, así como también a las entidades públicas o privadas que cooperen con las distintas Administraciones Públicas.

¿Cuáles son los aspectos que más revisan los inspectores de trabajo en cuanto al tiempo?

El cumplimiento de los horarios de trabajo es imprescindible en todas las empresas. El 12 de marzo de 2019 se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 8/2019 en el cual se establecen los criterios que las empresas deberían de tener en cuenta para el registro horario de los trabajadores.

Esta normativa corresponde a la necesidad de abordar el cumplimiento del registro de la jornada laboral, evitando, a toda costa, la posibilidad de fraude al no compensar o pagar las horas extras realizadas por el empleado.

El objetivo del Gobierno con esta normativa es solucionar todas las denuncias de contrataciones a tiempo parcial que ocultan algunas jornadas completas. No solo por el posible incumplimiento de horarios, sino por la existencia de horas extras no pagadas al empleado, además de no cotizadas.

Para eso, la normativa ha conseguido que todas las empresas, sin excepción, tengan que registrar la jornada completa que hagan cada uno de sus empleados.

Hay 5 claves imprescindibles que hay que tener en cuenta sobre el registro de la jornada laboral:

Periodicidad

En el Real Decreto no está establecido una periodicidad fija con la que hay que entregar una copia a cada trabajador, ya que esta norma afecta a todos. Una copia en la que se detalla la información sobre la jornada. Sin embargo, el empresario o jefe de la empresa debe, en todas las circunstancias, conservar y guardar una muestra de que se ha facilitado dicha información al trabajador. Puede hacerse a través de una copia firmada por parte del empleado o por un correo personalizado, en el que quede constancia.

Disponibilidad

En cuanto a la disponibilidad, se exige a las empresas verificar esta documentación, además de que esté disponible en cualquier momento. Es una de las cosas que más se pide en el momento de la inspección.

Tiempo de descanso

Según el criterio técnico que se establece en la normativa, es beneficioso que en el propio registro de la jornada se incluya las pausas y descansos de los trabajadores y los empleados. Es decir, que se incluya todo el tiempo que no es considerado “tiempo de trabajo”. Gracias a este recuento, el inspector podrá ver cuánto tiempo trabajan en realidad los empleados.

Privacidad

La privacidad en el trabajo es esencial. El sistema implantado tiene que respetar la normativa de protección de datos. Además, la empresa deberá informar, siempre, al empleado, su finalidad y el alcance de la media implantada.

Conservar los datos

La norma, también, hace referencia a que la empresa deberá de tener siempre guardando el registro en soporte papel, que también se puede digitalizar. Estos documentos se deberán guardar durante cuatro años.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.