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Requisitos para disfrutar de la jubilación activa

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¿Qué es la jubilación?

La jubilación en España es el acto administrativo en el que un trabajador abandona su actividad profesional y pasa a una situación de inactividad en su día a día. Esto puede suceder porque se ha alcanzado la edad máxima para trabajar que está marcada por la ley. Por una enfermedad crónica que reduce sus capacidades para el trabajo o por una incapacidad.

Cuando se cumple con algunos de estos requisitos, la persona que se jubila tiene derecho a recibir una prestación o cuantía económica durante toda su vida.

¿A qué edad debo jubilarme?

La edad legal de jubilación ordinaria viene incrementándose año tras año a través de un periodo transitorio.

En 2022 la edad legal de jubilación ordinaria ascendía a 66 años y 2 meses en caso de acreditar entre 37 años y 6 meses o menos de cotizaciones. En cambio, si se acumulaban 37 años y 6 meses o más de cotización, era posible jubilarse con 65 años. Este año 2023 las cosas cambian. Se hace un retraso de dos meses en la jubilación ordinaria. La edad de jubilación será a los 66 años y 4 meses cuando se tenga menos de 37 años y 9 meses de cotización. No obstante, si se cotiza durante 37 años y 9 meses o más, es posible jubilarse con 65 años.

¿Cuántos años tengo que trabajar para jubilarme?

Aunque una persona puede jubilarse cuando quiera a partir de la edad establecida por la ley, hay que tener en cuenta que debes haber cotizado un mínimo de 15 años para cobrar la cuantía económica.

¿Cuánto cobraré durante mi jubilación?

En la actualidad el 50% de las pensiones se calculan con el sueldo de los 15 primeros años de trabajo. A partir de ahí, se va sumando un porcentaje cada año.

En estos años, de 2021 y 2022, por cada mes adicional a los primeros 15 años cotizados, se le suma un 0,21%. Este porcentaje va desde el mes 1 al 106. Después de los 146 meses siguientes el aumento será de un 0,19%.

¿Qué tipos de jubilación hay?

Existen diversas jubilaciones y aquí os explicamos en qué consisten cada una de ellas.

Jubilación ordinaria:

Es la prestación a la que tienen derecho todos los profesionales que hayan alcanzado la edad que está establecida por ley, además de haber cotizado los años correspondientes. El retraso de la edad legal de jubilación ordinaria, afectará asimismo a la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria y a la de jubilación anticipada involuntaria.

Jubilación parcial:

Se considera jubilación parcial la que se inicia a partir de los 60 años, en cuyo caso el trabajador decide percibir una pensión parcial mientras percibe un salario por su actividad profesional en la empresa para la que tiene un contrato a tiempo parcial. Los trabajadores siguen cotizando el 80% a la seguridad social. La jubilación parcial puede o no estar ligada a un contrato de relevo, con trabajadores en situación de desempleo o con un contrato de duración determinada con una empresa (Departamento de Inclusión, Seguridad Social e Inmigración). El monto de la pensión es inversamente proporcional al número de días de trabajo.

Jubilación anticipada:

Los profesionales pueden jubilarse antes de cumplir la edad legal de jubilación y se dividen a su vez en distintos tipos de formas jurídicas:

  1.     Jubilación por razón del grupo o actividad profesional
  2.     Jubilación por tener la condición de mutualista
  3.     Jubilación para los trabajadores con discapacidad
  4.     Jubilación por voluntad del trabajador
  5.     Jubilación derivada del cese no voluntario en el trabajo
  6.    Jubilaciones anticipadas desde el 1-1-2004, por expediente de regulación del trabajo

En cuanto a la jubilación anticipada hay dos tipos que tenemos que destacar. La jubilación anticipada voluntaria y la jubilación anticipada involuntaria.

Jubilación flexible o activa:

Es similar a la jubilación parcial pero obvio, con algunas diferencias. En ambos casos, el profesional trabaja con un contrato a tiempo parcial y cobra la pensión al mismo tiempo. Sin embargo, mientras que la jubilación parcial va dirigida a mayores de 60 años, está en cambio, va dirigida para los pensionistas que quieran volver al mercado laboral. En este caso, el trabajador cotiza por el tiempo invertido en su actividad profesional y no en un porcentaje concreto, como es lo que sucede en el caso anterior. La cuantía económica de la pensión es inversamente proporcional a la jornada de trabajo realizada.

La jubilación activa se trata de una jubilación a la que aludimos como envejecimiento activo. Trabajas para una empresa o de manera autónoma, mientras cotizas por tus años trabajados anteriormente.

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¿Cuáles son los requisitos para disfrutar de la jubilación activa?

Los requisitos para el disfrute de la jubilación activa son estos:

1.- La percepción de la pensión deberá ser al menos un año después de haber alcanzado la edad de jubilación aplicable en cada caso, sin que la jubilación se beneficie de bonificaciones a tal efecto ni de la edad prevista de jubilación que corresponda al interesado. Para este año 2023 la edad legal de jubilación ordinaria se retrasa dos meses respecto a la edad delimitada para el 2022. La edad de jubilación en 2023 será entonces de 66 años y 4 meses cuando se disponga de menos de 37 años y 9 meses de cotización. En cambio, en caso de acreditar 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, es posible jubilarse con 65 años.

2.- Para jubilarse anticipadamente de forma voluntaria en el año 2023 será necesario tener al menos una edad de 64 años y 4 meses en caso de contar con menos de 37 años y 9 meses de cotización. Para jubilarse anticipadamente de manera voluntaria, es posible hacerlo 24 meses antes de la edad legal ordinaria de la jubilación.

3.- Para la jubilación anticipada involuntaria hay que tener en cuenta que será posible acceder a ella a partir de los 63 años en caso de haber cotizado 37 años y 9 meses o más. No obstante, puedes acceder a la jubilación hasta 48 meses antes de la edad ordinaria para hacerlo.

4.- El trabajo compatible podrá realizarse de manera parcial o a tiempo completo. Es decir, no exige ninguna obligación en cuanto a la duración de la jornada. Lo único esencial es que esté determinado el trabajo y se esté realizando la actividad cada día.

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