Actualidad, Fiscal

Situaciones especiales, deducciones por obras y vehículos eléctricos en el IRPF

asesoría-fiscal

El 22 de enero de 2025, el Congreso de los Diputados derogó el Real Decreto-ley 9/2024, que había introducido diversas medidas fiscales aprobadas en diciembre del año anterior. Esta derogación generó incertidumbre entre los contribuyentes y asesores fiscales, ya que muchas de las disposiciones incluidas en el decreto quedaron en suspenso. No obstante, la Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido una nota aclaratoria en la que se establecen los criterios aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el ejercicio fiscal 2025.

El documento de la DGT aclara que algunas medidas aprobadas por el RDL 9/2024 tendrán aplicabilidad en un periodo muy limitado, comprendido entre el 1 y el 22 de enero de 2025. Entre los aspectos destacados se incluyen la modificación del umbral de ingresos procedentes de un segundo pagador, así como la aplicación de deducciones fiscales por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas y por la adquisición de vehículos eléctricos, enchufables o de pila de combustible, junto con inversiones en puntos de recarga. Lo tratamos en un nuevo artículo del blog de Actium Consulting.

Mantenimiento del régimen de imputación de rentas inmobiliarias

Uno de los puntos que sí se mantiene sin alteraciones es la imputación de rentas inmobiliarias en el IRPF 2024 y su continuidad en 2025. Se confirma que seguirá aplicándose el porcentaje del 1,1% sobre el valor catastral para inmuebles situados en municipios cuyos valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante valoración colectiva general y hayan entrado en vigor desde el 1 de enero de 2012. Esta medida se ajusta a la normativa catastral vigente y no sufre variaciones con la derogación del RDL 9/2024.

Medidas de IRPF con aplicabilidad limitada en 2025

El documento de la DGT especifica que algunas disposiciones del RDL 9/2024 seguirán vigentes de manera excepcional para devengos ocurridos entre el 1 y el 22 de enero de 2025. A continuación, se detallan estas medidas:

1. Ampliación del umbral de ingresos del segundo pagador

El umbral de ingresos procedentes de un segundo pagador que obliga a presentar declaración de IRPF se incrementó de 1.500 € a 2.500 €. Sin embargo, este cambio sólo tendrá validez si el devengo de los rendimientos del trabajo ocurrió en el corto periodo comprendido entre el 1 y el 22 de enero de 2025.

Es importante destacar que esta medida afectaba especialmente a los trabajadores con contratos temporales, interinos y aquellos que alternan entre distintos empleadores. Con la derogación del RDL, la obligación de declarar para estos contribuyentes vuelve a quedar fijada en el límite anterior de 1.500 €.

2. Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas

Durante el breve período de vigencia del RDL 9/2024, se permitió a los contribuyentes aplicar deducciones fiscales por obras destinadas a mejorar la eficiencia energética en la vivienda habitual o viviendas en alquiler.

Estas deducciones formaban parte de un marco de incentivos promovido por la Administración para fomentar la rehabilitación y mejora del parque inmobiliario en términos de sostenibilidad y eficiencia. Tras la derogación del decreto, dichas deducciones dejan de aplicarse a partir del 23 de enero de 2025.

3. Deducción por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga

Asimismo, se estableció una deducción fiscal para la compra de vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible, así como para inversiones en puntos de recarga. Esta medida pretendía incentivar la transición hacia la movilidad sostenible, alineándose con los objetivos de descarbonización y electrificación del parque automovilístico.

Al igual que en los casos anteriores, la deducción solo será válida para compras realizadas antes del 23 de enero de 2025.

Consecuencias fiscales y recomendaciones para los contribuyentes

La derogación del RDL 9/2024 deja un vacío normativo respecto a estas medidas, que podrían haber supuesto un importante alivio fiscal para miles de contribuyentes. La inseguridad jurídica derivada de esta situación obliga a los afectados a revisar cuidadosamente los plazos y la aplicación de estas disposiciones, especialmente aquellos que realizaron inversiones o percibieron ingresos dentro del periodo excepcionalmente contemplado.

Para los profesionales y empresas asesoradas por Actium Consulting, resulta fundamental evaluar las implicaciones específicas de estos cambios normativos en su planificación fiscal. La aplicación de las deducciones mencionadas debe ser documentada y justificada con precisión, ya que la Agencia Tributaria podría llevar a cabo revisiones y comprobaciones sobre estos conceptos en las declaraciones de IRPF de 2025.

Aprovechar las deducciones y ajustes aplicables

La derogación del RDL 9/2024 ha supuesto la eliminación de varios beneficios fiscales que podrían haber tenido un impacto positivo en la economía de los contribuyentes. Sin embargo, la interpretación de la DGT permite que ciertas medidas se mantengan vigentes en un periodo muy limitado.

Desde Actium Consulting, recomendamos a nuestros clientes revisar detalladamente sus operaciones fiscales para aprovechar las deducciones y ajustes aplicables dentro del marco temporal excepcional. Nuestro equipo de expertos está a disposición para resolver cualquier consulta y garantizar el cumplimiento normativo, asegurando la correcta aplicación de la legislación fiscal en un entorno cambiante.

Para cualquier duda o asesoramiento personalizado, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho. Actium Consulting sigue comprometido con la excelencia en la asesoría fiscal y legal, ofreciendo soluciones adaptadas a las necesidades de nuestros clientes.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.